miércoles, 26 de septiembre de 2012

Elecciones del CEEMPA + Estatuto


Compañeros y compañeras, desde el CEEMPA-Conducción “Aníbal Troilo” queremos comunicarles los últimos cambios definitivos que se han realizado al proyecto de estatuto presentado por esta conducción.
Además queremos informarles que se abre la convocatoria a presentación de listas para las Elecciones del Centro de Estudiantes a realizarse en la semana del 29 de octubre al 3 de noviembre, asimismo convocamos a aquél que quiera participar de la Junta electoral para llevar adelante de manera más transparente y legítima el acto eleccionario en una reunión abierta a realizarse el martes 16 de octubre a las 18hs. En la sede Belgrano.  Ese es el día límite para la presentación de listas. O sea 10 días hábiles antes de las elecciones. 

Por lo tanto las Elecciones del CEEMPA se realizarán en la semana del 29 de octubre al 3 de noviembre, con el fin de que las mismas no se choquen con los parciales del 2do cuatrimestre que empiezan en la siguiente semana de noviembre. 

CRONOGRAMA: 

Del 1 al 6 de octubre: Elecciones del ESTATUTO del Centro de Estudiantes
Del 29 de oct al 3 de nov: Elecciones del Centro de Estudiantes. 


Pasamos a detallar las últimas modificaciones y algunos artículos nuevos sobre el proyecto de Estatuto, entre ellos se incluyó la convocatoria a Reuniones Abiertas del CEEMPA, y se incluyó el Sábado para las elecciones del CEEMPA. Muchas gracias a los compañeros que con sus inquietudes y sugerencias se involucran cada vez más en la organización de los estudiantes. Como así también quienes colaboran constantemente en las distintas tareas. El Proyecto de Estatuto modificado lo podés leer en: https://docs.google.com/open?id=0Bw1leO-soJHULTNWZ210RnluWFE 
(o también disponible en la Biblioteca de la EMPA)

Se modificaron los artículos:



FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN DIRECTIVA
Art. 6º
Secretario/a General
Inciso C) Desempatar en caso de empate tanto en asambleas como en reuniones de la comisión directiva; emitirá su voto como miembro de ambos cuerpos y en caso de empate volverá a sufragar a fin de desempatar.

DE LAS REUNIONES ABIERTAS DEL CEEMPA (Art. 10º a 12º)

Art. 10º: Las reuniones abiertas del CEEMPA son  un espacio de discusión e intercambio, de modo tal que los acuerdos allí alcanzados no son de carácter vinculante.
 Art. 11º: El día y horario en que sesionarán ordinariamente las Reuniones abiertas del CEEMPA será avalado y establecido por la comisión directiva. Las mismas se realizarán-al menos- una vez por mes y se convocarán con 15 días de corridos de anticipación.
 Art. 13º: Las reuniones abiertas del CEEMPA serán válidas con la presencia de cualquier Secretario de la Comisión Directiva. En ella podrá participar cualquier estudiante que lo desee. En las mismas se tratarán balances y temas elevados por la comisión directiva y/o por los equipos de trabajo, y temas elevados por cualquier estudiante presente. La sesión tendrá una duración de dos (2) horas –máximo- desde el momento de inicio de la misma. Se labrarán actas de todas las reuniones, redactadas y firmadas por el o los Secretarios de la Comisión Directiva presentes en ese momento.


DE LAS ASAMBEAS
Art. 17º: En las asambleas tienen derecho a voz y voto los estudiantes presentes en la misma. Las resoluciones se tomarán por la mitad más uno de los votos.
 Art. 18º: Las asambleas sesionarán válidamente con la presencia del 10% del estudiantado, según los padrones suministrados por las autoridades del establecimiento. De no estar presente dicho número de estudiantes al momento de votación, cada una de las resoluciones que se tomen en la misma deberán ser aprobadas por la firma del 20% del estudiantado dentro de los 15 días corridos posteriores a la asamblea, para ser consideradas válidas. No será necesario dicho aval para lo referido en el artículo 14 inciso c. 
 Art. 19º: Se podrá convocar a Asambleas Extraordinarias de doble turno, tomándose nota de los estudiantes presentes en cada uno, a fin de evitar votos dobles y llevar la contabilidad de estudiantes concurrentes. De no haber estado presente el 10% del estudiantado entre los dos turnos al momento de la votación, cada una de las resoluciones que se tomen en la misma deberán ser aprobadas por la firma del 20% del estudiantado dentro de los 15 días corridos posteriores a la asamblea, para ser consideradas válidas.

DEL RÉGIMEN ELECTORAL

Art. 27º:  El acto eleccionario deberá desarrollarse durante 6 días, de un Lunes a un Sábado, de forma tal que puedan participar la mayor cantidad de estudiantes posible. En casos excepcionales la Comisión Directiva podrá establecer otra cantidad de días para el desarrollo de las elecciones, nunca menor a tres (3). 
Art. 35º: El presidente de la Junta Electoral deberá convocar a una Reunión de Asunción de la nueva Comisión Directiva, dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la proclamación del resultado del comicio, a fin de entregar a la nueva Comisión Directiva todo material y documentación que es patrimonio del Centro de Estudiantes. 
  

RECORDAMOS QUE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO SE DESARROLLARÁN DEL 1 AL 6 DE OCTUBRE.
¡POR UNA ESCUELA MÁS COMPROMETIDA, POPULAR Y SOLIDARIA!


CEEMPA
Centro de Estudiantes de la Escuela de Música Popular de Avellaneda
www.ceempa.com.ar

No hay comentarios. :

Publicar un comentario

¡Gracias por comentar!

CEEMPA - Conducción "Aníbal Troilo"
Centro de Estudiantes de la Escuela de Música Popular de Avellaneda